La Resolución define como mayor precisión las ayudas por prestaciones dentarias, sustituyendo la expresiones "Aparato Dental Completo" y similares por las de "Rehabilitación mediante prótesis completa, superior, inferior o piezas dentales". Además clarifica estas prestaciones en lo relativo a la endodoncia (entiende que siempre concluye con el cierre de la cavidad) y ortodoncia (precisa informe de especialista si el beneficiario ha cumplido los 18 años).
Sin embargo, la Resolución "trae" una sorpresa: la supresión de la ayuda por periodoncia para mutualistas adscritos a los Servicios Públicos de Salud, que era de 600 € cada dos años naturales. La justificación de la supresión de esta ayuda, según la citada Resolución, es que "en el momento actual se considera necesario en el ámbito de las prestaciones odontológicas introducir un mayor grado de eficiencia en los criterios y condiciones para la concesión de las mismas y adecuar el contenido de tales ayudas a la cobertura del nuevo concierto para la asistencia sanitaria suscrito entre MUGEJU y las entidades de seguro para la prestación de la asistencia sanitaria de su colectivo, al desaparecer del mismo el tratamiento de la periodoncia".
Pero en vez de ampliar la ayuda por periodoncia a todos los mutualistas, tal y como entendimos que se iba a hacer tras la mención hecha en la última Asamblea a la supresión de esta prestación a los mutualistas adscritos a las entidades privadas, la Gerencia de la Mugeju ha decidido ampliar su absoluta ineficacia negociadora a los mutualistas adscritos a los servicios públicos de salud, con lo cual desaparece la prestación por periodoncia para unos y las ayudas para otros.
La resolución ahora publicada, pese a que se trata de ayudas no regladas, no ha sido informada por la Comisión Permanente, como viene siendo habitual.
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La resolución ahora publicada, pese a que se trata de ayudas no regladas, no ha sido informada por la Comisión Permanente, como viene siendo habitual.