Permisos y vacaciones del personal interino del ámbito no transferido


29 abr 2015


Como CCOO ha venido informando y, tras las exigencias que hemos realizado al Ministerio de Justicia, los compañeros y compañeras interinos pueden y deben solicitar todos los días de vacaciones y de asuntos particulares que necesiten en función de sus circunstancias personales, sin tener en cuenta la norma que las Gerencias habían comunicado sobre que solo podían solicitar el número de días de permiso y de vacaciones en función de la fecha de su disfrute y del tiempo trabajado en ese momento en el año 2015.

CCOO ya puso de manifiesto al Ministerio de Justicia que esta decisión constituía una vulneración de los derechos de este personal, cuando tanto el Ministerio como las Gerencias son conocedores que la gran mayoría de las plazas cubiertas por personal interino solo se cubrirán por personal titular a finales de año, como pronto, con la resolución definitiva del concurso de traslado, que aún no ha sido convocado. Luego, para CCOO, no se podía impedir a estos trabajadores/as el disfrute de todos los días que necesitaran y que les corresponden (recordamos 22 días de vacaciones anuales y 5+1 =6 días de asuntos particulares en 2015), independientemente de la fecha del año de su disfrute.

Por tanto, animamos a todos los compañeros/as interinos a solicitar los días que necesiten, y que en caso de comunicación de denegación de la respectiva Gerencia, acudan a los delegados de CCOO su provincia para la reclamación oportuna, que ganaremos.

Tenemos todas las razones, y las Gerencias y el Ministerio de Justicia lo saben perfectamente.



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