Los listados provisionales de adjudicaciones se publicarán probablemente en el mes de octubre, siempre según esa misma información del Ministerio de Justicia, que en estos momentos es imposible de asegurar.
Asimismo os recordamos que tal y como establece la base 1ª apartado 7 de la convocatoria del concurso:
"Podrá admitirse la renuncia a la participación en el concurso, teniendo como plazo hasta el último día de presentación de alegaciones a la resolución provisional, en aquellos casos debidamente justificados".
Para las alegaciones o en su caso renuncia se debe utilizar el Anexo IV publicado en la convocatoria del concurso (BOE 7 de julio de 2017).
Tal como ya informamos en julio y dadas las numerosas dudas que nos hacen muchos trabajadores y trabajadoras, y tal como CCOO viene defendiendo, en el hipotético supuestos de que el concurso no se resolviese antes de que acabe 2017, la LOPJ señala en su artículo 529.3:
“No se podrá tomar parte en un concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo genéricos hasta tanto no hayan trascurrido dos años desde que se dictó la resolución por la que se convocó el concurso de traslado en el que el funcionario obtuvo su último destino definitivo, desde el que participa”, por lo que la fecha de resolución no tiene ninguna influencia en el cómputo de los dos años para participar en otro concurso.
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