Se publican los dos listados definitivos, uno de solicitantes Admitidos, y otro de solicitantes rechazados, conforme al Plan de Acción Social 2019 que contiene las bases generales y específicas por las que se regula la convocatoria general de ayudas.
A partir del día siguiente a la publicación,los interesados podrán formular recurso o demanda, tal como se especifica en Las Bases de Acción Social 2019, en el punto. 9.6 del Apartado IX dentro de las Condiciones Generales.
"Contra las relaciones definitivas los interesados podrán formular recurso o demanda previstos en la Ley
39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas y la Ley
36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social. "
Según las Bases de la convocatoria:
"9.6. RECURSOS
Contra las relaciones definitivas los interesados podrán formular, en el supuesto de
tratarse de funcionarios, el recurso previsto en la Sección 3ª del Capítulo II, Título V, artículos
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
En caso de personal laboral, la resolución que apruebe las relaciones definitivas agota la
vía administrativa, por lo que podrá interponerse contra la misma demanda ante el Juzgado de
lo Social que resulte competente, en el plazo de dos meses desde su publicación, conforme a
lo establecido en los artículos 6, 10 y 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la
jurisdicción social."
Enlaces visibles mediante la autenticación de los interesados (login) en el Portal de la Administración de Justicia: